¡Hola a todos!
Durante los dos últimos meses hemos recibido muchos proyectos cuyo sistema de recompensas se basa en ofrecer una rentabilidad o rendimiento económico a sus mecenas y nos hemos visto en la obligación de rechazarlos. Esta decisión no está en absoluto relacionada con la calidad del proyecto ni la presentación de la campaña, es que no podemos aceptarlos después de que la nueva ley del crowdfunding entrara en vigor el pasado mes de abril.
La ley establece que existen diferencias entre el crowdfunding de recompensa (que es el que practicamos en Lánzanos) y el crowdfunding basado en la entrega de un rendimiento económico o participación, también llamado equity crowdfunding. En el primer tipo, el creador entrega a sus mecenas productos físicos, servicios o experiencias a cambio de los apoyos, en el segundo hay un intercambio económico basado en la entrega de un porcentaje del creador al microinversor. Dada esta diferencia, los proyectos deben plantearse en la plataforma adecuada según la tipología de su contraprestación.
Pero esto no es en absoluto un problema porque, como muchos de vosotros sabéis, Lánzanos posee su propia plataforma de equity, llamada Seedquick. Si tu proyecto encaja más en este sistema no dudes en echar un vistazo. En este enlace puedes ver los tipos de proyectos que aceptamos en Seedquick.
Muchas gracias a todos por seguir confiando en Lánzanos.
Un abrazo